Enviado por Moderador el Mié, 03/14/2012 - 15:31.
Por todo ello, en lo sucesivo, no se concederá a ningún Instituto la facultad de conferir grados académicos en sagrada teología, si no se cumple fielmente lo que en esta carta hemos prescrito. Los Institutos o Facultades, las Ordenes y Congregaciones Religiosas, que ya tienen legítimamente esta facultad de otorgar grados académicos u otros títulos en teología, aunque sólo sea dentro de la propia institución, serán privados de esa facultad o la perderán si, en el plazo de tres años, no se acomodasen escrupulosamente a estas prescripciones Nuestras, aun cuando no puedan cumplir con ello sin ninguna culpa por su parte.